lunes, 31 de octubre de 2005

Reyes antes que Reinas

 
Felipe V introdujo la ley sálica para garantizar la legalidad dinástica de su familia
 
ANDREU MAYAYO
PROFESOR DE HISTORIA DE LA UB
 
Artículo publicado en El Periódico el 12 de mayo de 2005.

A principios del siglo XXI, las monarquías europeas reinan pero no gobiernan, su función es representativa y los conflictos dinásticos ya no se dirimen en el campo de batalla sino en la llamada prensa del corazón. En los últimos años, los profundos cambios sociales han provocado una paulatina adaptación en el comportamiento y reglas de juego de las familias reales. Por una parte, la aceptación de los matrimonios morganáticos, ampliando el mercado matrimonial más allá de la sangre azul e incluso pescando en el bullicioso río de las divorciadas, y, por la otra, equiparando los derechos de las mujeres en la línea sucesora. Así pues, cada vez es más frecuente encontrar los infantes e infantas en la universidad, trabajando como asalariados, casándose o separándose por amor y no por razones de Estado. Pero no siempre fue así. Tres siglos atrás, la falta de descendencia del rey Carlos II condujo a un larguísimo conflicto conocido como la Guerra de Sucesión (1700-1714), y la ausencia de un varón entre los descendientes legítimos de Fernando VII provocó tres sangrientas guerras civiles en el siglo XIX.

La ley sálica

Los Borbones no sólo introdujeron en España la concepción unitaria y centralista del Estado, a partir de los Decretos de Nueva Planta, sino también la ley sálica, que impedía a las infantas acceder al trono en tanto hubiere descendencia masculina en la rama directa o colateral. El primer Borbón, Felipe V, duque d''Anjou y nieto de Luis XIV de Francia, sancionó en 1713 la ley sálica para garantizar la legalidad dinástica de su familia ante las pretensiones de los Habsburgos.

Esta ley era originaria de los francos salios, que excluía a las mujeres de la herencia de tierras. La abrogación de esta ley por Carlos VI de Austria, para asegurar el trono a su hija María Teresa, por la Pragmática Sanción de 1713, originó la guerra de Sucesión de Austria (1740).

La ley sálica no fue modificada en España hasta 1789, bajo el reinado de Carlos IV, nieto de Felipe V, cuando las Cortes votaron a favor del régimen fijado en las Partidas, que establecía: "Si el Rey no tuviera hijo varón, heredará el Reino la hija mayor". Por consiguiente, se mantenía la preeminencia de los varones pero no se excluía a las mujeres. No obstante, el acuerdo no fue promulgado y, de esta manera, la Novísima Recopilación no lo reconoció por no haber tenido vigencia.

El Estatuto de Bayona

En 1808 las pugnas entre Carlos IV y Fernando VII, padre e hijo, se resolvieron con sendas abdicaciones a favor de Napoleón Bonaparte, quien nombró a su hermano José rey de España. José Bonaparte otorgó el Estatuto de Bayona como nueva ley fundamental política para el país. Una vez más la influencia francesa sancionará la exclusión de la mujeres al acceso al trono: "La Corona de las Españas y las Indias será hereditaria en nuestra descendencia directa, natural y legítima de varón, por orden de primogenitura y con exclusión perpetua de las hembras. En defecto de nuestra descendencia masculina natural y legítima, la Corona (…) volverá a nuestro muy caro y muy amado hermano Napoleón y a sus herederos y descendientes varones".

La Constitución de Cádiz

Con Fernando VII recluido por Napoleón y la Península casi ocupada por los franceses, el compromiso entre los diputados absolutistas y liberales permitirá elaborar la primera Constitución española, caracterizada por el amplio reconocimiento de los derechos civiles. La Constitución de Cádiz abolirá la ley sálica: "En el mismo grado y línea los varones prefieren a las hembras, y siempre el mayor al menor; pero las hembras de mejor línea o de mejor grado en la misma línea prefieren a los varones de línea o grado posterior".

Para los diputados el problema no era tanto volver a la situación de preeminencia masculina, sin exclusión de las mujeres, sino evitar los problemas sucesorios derivados de la frecuente actividad sexual de los soberanos fuera del matrimonio y la larga lista de hijos bastardos. En este sentido, sancionarán que "no pueden ser reyes de las Españas sino los que sean hijos legítimos, varones y hembras, habidos en constante y legítimo matrimonio".

La vuelta al trono de Fernando VII, tras el derrumbamiento del imperio napoleónico, significó el retorno al absolutismo y, por consiguiente, la derogación de la Constitución de Cádiz, la cual sólo sería reintroducida durante el trienio liberal (1820-1823).

A pesar de su miembro viril bien dotado y su fama amatoria en el prostíbulo de Pepa la Malagueña, Fernando VII (1784-1833) cumplía los 45 años sin obtener descendencia de sus tres primeras esposas. Con la segunda, María Isabel de Bragança, tuvo dos hijas, la primera apenas vivió cuatro meses y la segunda nació muerta provocando la muerte de la reina. A finales de 1829, se casa por cuarta vez con su sobrina carnal Cristina de Borbón de Dos Sicilias, de 23 años.

Ante el embarazo de la reina, Fernando VII se decide a publicar la Pragmática Sanción de 1789, que asegurase el trono a sus descendientes con independencia del sexo. Meses más tarde, nacerá la primogénita Isabel. Al año, la Reina dará a luz a su segunda hija, Luisa Fernanda. A los pocos meses de la muerte de Fernando VI, la Reina se casará en secreto con el capitán Agustín Fernando Muñoz, de quien parirá ocho hijos.

Las guerras carlistas

La Pragmática Sanción, derogada dos años más tarde y, poco antes de morir Fernando VII, vuelta a ser sancionada, constituirá la base jurídica que dará lugar a la primera guerra carlista. Para los partidarios del hermano del rey, Carlos María Isidro (1788-1855), aparte de vindicar la ley sálica, opinaban que la Pragmática Sanción no podía tener validez legal ni afectar al Infante Carlos, nacido un año antes que las Cortes Españolas decidiesen volver al régimen de Felipe V.

En cualquier caso, el problema jurídico es el pretexto para desencadenar el conflicto que existía entre absolutistas, partidarios de las estructuras socioeconómicas del Antiguo Régimen, que en España habían pervivido gracias al absolutismo fernandino, y los liberales.

El conflicto dinástico dará nombre, por el pretendiente Carlos, a las tres guerras civiles del siglo XIX: la primera entre 1833 y 1840; la segunda, con la revuelta de los matiners catalanes, entre 1847 y 1860; y la tercera, que arranca con la instauración de la I República hasta la restauración alfonsina (1873-1876).

La Reina Cristina, regente hasta la mayoría de edad de la Infanta Isabel, se apoyó en los liberales para mantener los derechos sucesorios de su hija. Tuvo que aceptar la nueva Constitución liberal de 1837 que, en base a la de Cádiz, establecía la preeminencia masculina en la línea sucesora de la Corona sin excluir a las mujeres. Dicha Constitución especificaba: "La sucesión en el Trono de las Españas será, según el orden regular, de primogenitura y representación, prefiriendo siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la hembra, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos".

Una formulación que aparecerá, prácticamente literal, en las futuras constituciones de 1845, 1869, 1876 y 1978. El problema en 1978, aparte de sancionar a Juan Carlos I como legítimo heredero de la dinastía histórica y no del franquismo, era otro, y el Rey procuró, con sigilo y delicadeza, comunicárselo a los padres de la Constitución. Razones de índole familiar aconsejaban mantener la preeminencia masculina a pesar de entrar en flagrante contradicción con el artículo 14 de la Carta Magna que garantiza la igualdad ante la ley sin discriminación por razón de sexo.

Princesa de Asturias

Salvo Isabel II, sólo ha habido un caso en que una fémina haya sido Princesa de Asturias: María de las Mercedes, primogénita de Alfonso XII, quien pasó de ser heredera de su padre y futura reina a ser heredera de su hermano, Alfonso XIII, cuando su madre dio a luz al hijo póstumo del Rey. Cuentan las crónicas que Sagasta, presidente del Gobierno, alargó hasta el parto el momento de proclamarla como futura reina a la espera de comprobar si el neonato era varón, como así fue, por lo que ella no reinó.

1 comentario:

Roberto Iza Valdés dijo...
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